Cómo crear el testamento digital de mis redes sociales
La cantidad de contenido que existe en Internet y la actividad creciente de las redes sociales ha generado la aparición del derecho al testamento digital (recogido en el art. 96 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos
Digitales – LOPDGDD) así como del legado digital. Pero, ¿cómo crear el legado digital para gestionar tu huella digital cuando mueras?
Cada día, los intagramers comparten una media de 100 millones de fotos. Y cada segundo esta red social recibe más de 1000 fotos. Esto se traduce en unas 100 millones de fotos al día. Y esto solo es en Instagram. El volumen de contenido que subimos a Internet diariamente es enorme. Es probable que nunca te lo hayas planteado, pero es importante que te cuestiones el destino de tus redes sociales cuando ya no estés en esta tierra.
Qué es el testamento digital
En primer lugar es importante diferenciar entre testamento digital el legado digital. El testamento digital aparece por primera vez en el año 2021 en la Ley de Protección de Datos y Derechos Digitales y funciona igual que el testamento que ya conocemos. Se trata de un documento que recoge toda la información relativa a cuentas de correo, sitios web en propiedad, blogs, usuarios y contraseñas de las redes sociales y de todas aquellas aplicaciones digitales en las que se recogen datos personales y contenido de la persona que redacta el testamento.
Por otro lado, el legado digital es aquella forma de sucesión a través de la cual, los herederos o terceras personas, son elegidos por el propio difunto a través del testamento digital para acceder y gestionar el contenido digital.
Seis características del legado digital que debes conocer
- El legado digital, es decir los nombres de aquellas personas -herederos o terceras personas- que van a hacer uso y gestión de la huella digital del difunto debe de recogerse en el testamento, ya sea común o digital.
- Los herederos o legatarios de estos datos y contenidos digitales pueden realizar todas las acciones que consideren oportunas con respecto al contenido digital.
- Si eres heredero de algún testamento digital debes tener en cuenta que el testador puede establecer prohibiciones o limitaciones en el testamento digital, limitando así la libertad de acción.
- El testador puede dejar instrucciones completas sobre el uso y existencia de algunos perfiles sociales.
- En caso de menores de edad, el destino de los contenidos y datos personales online del menor fallecido lo podrán decidir sus padres o representantes legales, o también el Ministerio Fiscal.
- En el caso de personas con discapacidad se incluyen también las personas designadas a funciones de apoyo, siempre y cuando se entienda esta facultad dentro de las que tiene permitidas.
¿Cómo crear un legado digital de mis datos en Internet?
Crear un testamento digital para legar todo el contenido y uso de tus redes sociales a quien tú quieras es muy fácil. El funcionamiento es exactamente el mismo que cualquier testamento común. La única diferencia es que su objetivo será atribuir contenido digital.
Lo primero que debes saber antes de crear el legado digital de tu paso por Internet es que puedes hacerlo junto con tu testamento común o aparte. Además el testamento digital también puede ser ológrafo, es decir que puede estar redactado a mano y firmado por ti. O, si lo prefieres, puedes hacerlo ante Notario. Todo dependerá de la importancia y o dificultad que tenga para ti y para los herederos.
Si eliges hacerlo junto con el testamento común, solo tendrás que dedicar un apartado al testamento digital. Si, por el contrario, eliges hacerlo por separado, simplemente debes crear un nuevo documento ante Notario o escrito y firmado de tu puño y letra.
Algunas ideas sobre la gestión de tu huella digital si vas a redactar un testamento digital
- Indicar todas y cada una de las redes sociales en las que el testador ha registrado sus datos personales.
- Incluir formas de acceso: usuario y contraseña.
- Establecer reglas de uso, prohibiciones expresas o instrucciones una vez se produce el fallecimiento. En este sentido, el testador podría solicitar -por ejemplo- que tras su fallecimiento su perfil de Facebook se convierta en un perfil conmemorativo.
- Pedir que se borre la huella digital, eliminando así cualquier tipo de rastro de su vida en Internet.
- El cierre inmediato de páginas web, blogs o perfiles sociales o su continuación en manos de la persona elegida.
Cómo ves realmente lo importante en la creación de un legado digital es el contenido que redactes en el testamento común o específico para tu herencia digital. Si tienes alguna duda sobre este tema, puedes ponerte en contacto con nuestra funeraria en Valencia Ortega Servicios Funerarios